En España la alergia a alimentos afecta a 1,3 millones de personas, un 3% de la población

Los alérgicos a alimentos podrán solicitar información por escrito en centros de restauración, según el Reglamento de la UE 1169/2011

  • El Reglamento de la UE entró en vigor en diciembre de 2011 y, tras pasar 3 años de adaptación, en lo referente a la información sobre alérgenos, es de obligado cumplimiento en todo el territorio español a partir de mañana 13 de diciembre de 2014
  • Esta normativa afecta a cualquier establecimiento que proporcione alimentos envasados o no envasados, como los establecimientos de hostelería, restauración, hospitales, comedores escolares y comercios minoristas (panaderías, carnicerías, etc.), entre otros
  • La información ha de ser clara y accesible por el personal de hostelería y restauración, que tendrá que responder a las solicitudes de los clientes con alergia a alguno de los 14 alérgenos de declaración obligatoria1que lo requieran
  • Existe un proyecto de Real Decreto de ámbito nacional, cuya publicación se espera de forma inminente, que desarrollará las opciones para proporcionar la información obligatoria que recoge el Reglamento en los alimentos no envasados
AEPNAA